#DerechoDeportivo
El 7 de junio del 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se expide la Ley General de Cultura Física y Deporte”, la cual entró en vigor al día siguiente de su publicación y, con casi cuatro años de vida, representa una evolución con respecto a la situación de la legislación deportiva en México en los tiempos recientes.
Como antecedentes de esta Ley en nuestro país tenemos tres leyes, a saber: 1) La Ley de Estímulo y Fomento del Deporte (publicada en el Diario Oficial de la Federación -DOF- el 27 de diciembre de 1990); 2) la Ley General del Deporte (publicada en el DOF el 8 de junio de 2000), y 3) la Ley General de Cultura Física y Deporte (publicada en el DOF el 24 de febrero del 2003).
En cuanto a su origen, esta Ley fue una Iniciativa de la Comisión de Juventud y Deporte del Senado de la República presentada el 5 de febrero del 2013 por los Senadores Lilia Guadalupe Merodio Reza, Roberto Armando Albores Gleason, Daniel Gabriel Ávila Ruíz y Carlos Alberto Puente Salas, sometiéndose a discusión y aprobándose el dictamen correspondiente en el propio Senado el 9 de abril de ese mismo año, para que el 23 de abril siguiente, fuera aprobada por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
Atrás de esa Iniciativa se encuentra el impacto de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de octubre del 2011, a los artículos 4º y 73 fracción XXIX – J, de nuestra Constitución, que regularon respectivamente el derecho a la cultura física y al deporte y la facultad del Congreso de la Unión para legislar en materia de cultura física y deporte con objeto de cumplir lo previsto en el artículo 4º de la Constitución, estableciendo la concurrencia entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal (hoy Ciudad de México) y los municipios, así como de la participación de los sectores social y privado.
En contenido, la Ley en comento cuenta con 155 artículos distribuidos a lo largo de cinco títulos que abarcan lo siguiente: 1) Título Primero. Disposiciones Generales (artículo 1); 2) Título Segundo. Del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (artículo 10); 3) Título Tercero. De la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte (artículo 78); 4) Título Cuarto. Del Deporte Profesional (artículo 78), y Título Quinto. De la Cultura Física y el Deporte (artículo 88).
Cada uno de los Títulos en mención contiene en síntesis lo siguiente: 1) Teoría de la propia Ley General de Cultura Física y Deporte (naturaleza, ámbito espacial de validez, aplicación, objeto y finalidades); Principios para el ejercicio del derecho a la cultura física y al deporte), y Teoría legal del Deporte; 2) Sistemas deportivos del país; Administración Pública del Deporte y Estructura Asociativa Deportiva; 3) Justicia deportiva (incluyendo la justicia deportiva alternativa); 4) Régimen fundamental del deporte profesional a la luz del propio deporte, y 5) Cultura Física; Infraestructura deportiva, Educación deportiva; Recursos económicos, patologías en el deporte (violencia y dopaje), y el derecho sancionador y derecho penal deportivo.
En estos casi cuatro años de vida la Ley se ha reformado en tres ocasiones (9 de mayo del 2014; 1 de junio del 2016 y 25 de enero del 2017). Asimismo, cuenta con un Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 23 de mayo del 2014.